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Admisión, matrícula e inscripción

Admisión

a) La admisión es un requisito indispensable para matricularse a una de las cuatro facultades de la Universidad Pontificia de la Santa Cruz.

b) La admisión se concede solamente para el ciclo de estudios para la que se solicita. Para acceder a otro ciclo, se debe solicitar de nuevo; en este caso no es necesario volver a presentar la documentación que ya está en poseso de la Secretaría académica de la Universidad.      

c) La admisión se concede en base a los datos del currículum de estudios y a los resultados de las pruebas de admisión que se realizan si las autoridades académicas competentes lo consideran necesario; para la admisión al tercer ciclo se evalúa de forma particular el éxito de los estudios en el ciclo de Licenciatura.

d) La admisión caduca en el caso en el que no se formalice la matricula para el años académico en el que se concede.

e) Los sacerdotes, los candidatos a órdenes sagradas, los miembros de Institutos de vida consagrada y los miembros de las Sociedades de vida apostólica se comprometen a respetar las normas sobre el hábito eclesiástico y los aspectos disciplinares vigentes para los clérigos y los religiosos residentes en Roma.

f) La matrícula otorga al estudiante el derecho de asistir a las asignaturas previstas en el plan de estudios. Tal derecho se pierde  por la interrupción injustificada de los estudios y en los casos determinados por las normas de disciplina académica. 

Documentos necesarios para la admisión

a) Aquellos que desean ser admitidos deben presentar:

  • Petición de admisión, con el módulo de la Secretaría académica;
  • original o copia compulsada del certificado de los estudios realizados, donde se especifique claramente el centro donde se han realizado, la duración, las asignaturas cursadas y las notas obtenidas;
  • Los sacerdotes, los candidatos a órdenes sagradas, los miembros de Institutos de vida consagrada y los miembros de las Sociedades de vida apostólica deben entregar la autorización escrita del propio Ordinario o del Superior para realizar los estudios para los que solicitan la admisión;
  • Los estudiantes laicos italianos o procedentes de países firmantes del Tratado de Schengen (Unión Europea y otros) deben presentar un certificado de buena conducta moral enviado por el párroco o por otra autoridad eclesiástica indicada por el Rectorado
  • Los estudiantes laicos procedentes de Países ajenos  al Tratado de Schengen deben enviar una carta de presentación del Obispo de su diócesis, con la firma del Obispo autentificada por el Nuncio Apostólico; deben enviar también una declaración de responsabilidad  sobre el pago del alojamiento y manutención y gastos médicos, firmada por un particular o una institución: tal declaración debe mencionar la autorización del Obispo de la diócesis de pertenencia del candidato o de la institución que la emite. El estudiante puede también presentar una declaración de auto-mantenimiento que incluya la firma del Obispo de la diócesis (también en este caso la firma del Obispo debe estar autentificada por el Nuncio Apostólico)

b) Dichos documentos también se pueden hacer llegar por correo a la Secretaria académica de la Universidad, quien no asume la responsabilidad de retrasos o pérdidas por causas ajenas a ella.

c) Las autoridades académicas pueden exigir, cuando lo consideren necesario, prueba fehaciente de los documentos o  la presentación de otros adicionales.

d) En plazos razonables, se comunicará al interesado la resolución de su petición de admisión.

Reconocimiento de estudios precedentes realizados

El estudiante que desee pedir el reconocimiento de los estudios realizados en otros centros, debe presentar junto con la petición de admisión, una solicitud dirigida al  Rector de la Universidad, acompañada del certificado detallado de tales estudios (materias y notas) además de los programas de cada asignatura. 

Matrícula

a) Las peticiones de matrícula se entregan en las Oficinas de la Secretaría académica de la Universidad. En el momento de la matrícula el estudiante debe mostrar un documento de identidad o el pasaporte.

b) Documentos que hay que presentar:

  • Petición de matrícula en el formulario que se entrega  en la Secretaría académica:
  • Certificado del pago de las tasas académicas;
  • Los seminaristas y sacerdotes, necesitan un certificado de alojamiento en uno de las residencias convencionadas con la Universidad o en convictorios;
  • Los sacerdotes deben presentar el documento que les concede la facultad de atender habitualmente confesiones (cfr. C.I.C., 969 e 973);
  • Los estudiantes que proceden de otras universidades o facultades eclesiásticas romanas deben presentar también la aprobación del traslado, emitido por el Secretario General de la institución de procedencia.

c) Período de matriculación:

  • Las peticiones de matriculación a los cursos ordinarios se reciben en la Secretaría académica a partir del 1 de septiembre hasta el viernes anterior al inicio de las clases.
  • En los casos en las que se admita la matrícula al inicio del 2º semestre del año académico, las fechas indicadas en el párrafo precedente se posponen cuatro meses.

d) Los estudiante de lengua madre no italiana deben demostrar un conocimiento suficiente de italiano; con este fin, deben hacer un examen que se realizará antes de que comiencen las clases del  primer semestre.

Inscripción en los años consecutivos

a) Para inscribirse a los años consecutivos del ciclo de estudios en los que el estudiante ha sido admitido, es necesario presentar la petición de inscripción en el módulo proporcionado por la Secretaría académica y entregar el certificado del pago de las tasas académicas. Los seminaristas y sacerdotes deberán presentar el certificado de alojamiento en uno de loas residencias convencionadas o convictorios.

b) Las inscripciones se efectúan en el mismo periodo en el que se efectúan las matrículas

c) La inscripción de los estudiantes al ciclo de Doctorado se considera válida hasta la defensa de la tesis; ésta deberá realizarse ante de que finalice el tercero año de la fecha de inscripción. Trascurrido ese período, el estudiante que no haya defendido todavía la tesis deberá pedir la renovación cada año. Corresponde a la Facultad la autorización de la prórroga y el estudiante deberá pagar la tasa prevista.

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